Con la publicación en el BOE del Real Decreto Ley 15/2025, de 2 de diciembre, se aplaza la fecha límite de aplicación del Verifactu al 2027.
Os resumimos los cambios en Verifactu y os indicamos cómo se debe proceder
¿Cuáles son los nuevos plazos de activación Verifactu?
Sociedades: 1 de enero de 2027
Autónomos: 1 de julio de 2027
¿Cómo afecta a las nuevas instalaciones?
Todas las nuevas instalaciones posteriores al 29-07-2025 deben cumplir con la normativa SIF y Verifactu. Infinitel solo instalará software compatible Verifactu, pero la decisión de la fecha de activación Verifactu recae en el cliente, que podrá aplazar como máximo hasta las fechas límite.
¿Cómo afecta a instalaciones que actualmente ya están trabajando en modo Verifactu?
Todas aquellas instalaciones que ya estén trabajando en modo Verifactu, deben seguir trabajando bajo esta modalidad.
¿Si ya estoy conectado a Verifactu, puedo desconectar hasta la nueva entrada en vigor?
Sí se puede desconectar y dejar de usar Verifactu antes del 2027, siempre que se respeten 2 cosas:
- La permanencia mínima hasta el final del año natural (No se pueden realizar cambios en mitad del año).
- Realizando un procedimiento formal de renuncia definido en la Orden HAC/1177/2024.
¿Cómo me afecta si ya soy cliente de Infinitel?
No es necesario empezar a trabajar en modo Verifactu hasta los nuevos plazos, pero si necesita actualizar el software por cualquier motivo (resolución de errores, nuevas funcionalidades o instalación de alcances) las versiones que instalará Infinitel cumplirán con SIF.
¿Cómo debo proceder?
Infinitel recomienda desdoblar los trabajos en 2:
Actualizar primero a versiones compatibles SIF plenamente adaptados al reglamento Verifactu.
Activar Verifactu cuando el cliente considere oportuno. Infinitel recomienda adelantarse a las fechas límite, pero la decisión de la activación recae en el cliente.


